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Matrimonio civil

En Quebec, el notario está autorizado a celebrar matrimonios civiles. Se ocupa de las formalidades legales antes, durante y después de la ceremonia, lo que le deja libertad para organizar el día como prefiera.

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Casarse ante notario

En Quebec, el notario está autorizado a celebrar matrimonios civiles. Se ocupa de las formalidades legales antes, durante y después de la ceremonia, lo que le deja libertad para organizar el día como prefiera.

Es lo que más gente desconoce: en Quebec el notario está autorizado a celebrar matrimonios civiles, y no necesita ningún permiso especial para hacerlo. Su número de celebrante es su número de inscripción en el colegio, la Chambre des notaires.

La diferencia práctica con el secretario judicial es sencilla y a menudo decide la elección: el greffier celebra en el palacio de justicia, mientras que el notario puede celebrar en el lugar que ustedes escojan. Una sala, un jardín, la casa familiar: la ceremonia se desplaza hacia ustedes y no al revés.

La otra diferencia está en todo lo que rodea a la ceremonia. Las reuniones previas son el momento de hablar de lo que el matrimonio cambia jurídicamente, del régimen matrimonial y de unas eventuales capitulaciones, que en todo caso deben ser notariales para ser válidas en Quebec. El mismo profesional prepara la ceremonia y el marco jurídico de lo que se firma.

Lo que conviene saber

  • Para qué parejas

    Desea una ceremonia civil fuera del palacio de justicia. Uno de los contrayentes nació fuera de Canadá. Quiere otorgar capitulaciones matrimoniales antes de la celebración.

  • El papel del notario

    Comprobación de los requisitos legales y de la documentación de cada uno. Publicación del aviso de matrimonio en el plazo exigido. Celebración de la ceremonia y firma de la declaración de matrimonio. Envío de la declaración al Directeur de l’état civil.

  • Plazos y condiciones

    El aviso de matrimonio debe publicarse en la web del Directeur de l’état civil al menos 20 días antes de la celebración. El celebrante comprueba además que cada contrayente tiene la edad requerida y está libre de vínculo matrimonial anterior. Es posible el desplazamiento al lugar de la ceremonia.

Preguntas útiles

Las respuestas que cuentan antes de empezar

¿De verdad puede un notario celebrar un matrimonio civil?

Sí. En Quebec, el notario habilitado para autorizar actos notariales puede celebrar matrimonios civiles sin permiso especial; su número de celebrante es su número de inscripción en la Chambre des notaires. A diferencia del greffier, que celebra en el palacio de justicia, el notario puede hacerlo en el lugar que ustedes elijan.

¿Con cuánta antelación hay que empezar?

El aviso de matrimonio debe publicarse en la web del Directeur de l’état civil 20 días antes de la celebración, y el matrimonio debe celebrarse dentro de los tres meses siguientes al vencimiento de ese plazo. Los 20 días vuelven a empezar si hay que corregir el aviso, así que conviene dejar margen y revisar nombres y fechas con cuidado.

¿Cuántos testigos hacen falta?

Dos testigos asisten a la ceremonia. Además hay que ir acompañado de un testigo mayor de edad a la reunión en la que se prepara el aviso de matrimonio: debe conocerles bien y, si no les conoce lo suficiente, harán falta dos testigos en esa etapa.

¿Se puede renunciar al patrimonio familiar mediante capitulaciones?

No. El patrimonio familiar se constituye automáticamente con el matrimonio y no se puede renunciar a él por contrato: es de orden público. Las capitulaciones sirven para elegir el régimen matrimonial, que es una capa distinta y esa sí se negocia.

¿Qué entra en el patrimonio familiar?

Las residencias de la familia, los muebles que las guarnecen, los vehículos usados para los desplazamientos familiares y ciertos derechos acumulados durante el matrimonio, en particular los REER y los derechos inscritos en el Régime de rentes du Québec. Quedan excluidos los bienes recibidos por donación o herencia, las empresas, las cuentas bancarias y las inversiones distintas de los REER.

¿Qué régimen se aplica si no firmamos capitulaciones?

La société d’acquêts, régimen por defecto en Quebec desde el 1 de julio de 1970. Los bienes que se tenían antes del matrimonio y los recibidos por donación o herencia siguen siendo propios; los ingresos del trabajo y de las inversiones acumulados durante el matrimonio son acquêts y su valor se reparte. Conviene saberlo: un bien anterior al matrimonio sigue siendo propio, pero los ingresos que produce durante el matrimonio pasan a ser acquêts.

¿Las capitulaciones tienen que ser notariales?

Sí. En Quebec las capitulaciones matrimoniales deben ser notariales para ser válidas. No es una formalidad añadida: es la condición de su existencia.

¿El matrimonio sustituye al testamento?

No. El matrimonio no tiene efecto testamentario. Sin testamento, son las reglas de la devolución legal las que designan a los herederos: el cónyuge hereda junto con los hijos, o con los padres, o con los hermanos, según el caso. Casarse y hacer testamento son dos gestiones distintas y complementarias.

¿Tenemos los mismos derechos si convivimos sin casarnos?

No, y la diferencia es enorme. Los convivientes de hecho no forman patrimonio familiar, no están sometidos a ningún régimen matrimonial y no se deben alimentos, por larga que haya sido la convivencia. Desde el 30 de junio de 2025, quienes tienen un hijo común nacido o adoptado a partir de esa fecha están en unión parental, que reparte las residencias, sus muebles y los automóviles de la familia y da al superviviente un tercio de la sucesión, pero queda muy por debajo del matrimonio. Una convención de unión de hecho y un testamento compensan el resto.

¿Qué hace el celebrante después de la ceremonia?

Transmite la declaración de matrimonio al Directeur de l’état civil dentro de los 30 días siguientes a la celebración. Esa transmisión es la que inscribe el matrimonio en el registro civil, y de ese registro saldrán después sus certificados de matrimonio.

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Una balanza, libros y una pluma sobre un escritorio de madera.

Lo que el matrimonio cambia de forma automática: el patrimonio familiar

El patrimonio familiar se crea con el matrimonio, haya hijos o no, y no se puede renunciar a él por capitulaciones: es de orden público. Incluye las residencias de la familia, sus muebles, los vehículos familiares y ciertos derechos acumulados durante el matrimonio, entre ellos los REER y las cotizaciones al Régimen de pensiones de Quebec.

Quedan fuera los bienes recibidos por donación o herencia, las empresas, las cuentas bancarias y las inversiones distintas de los REER. En la separación, el divorcio o la muerte, su valor neto se reparte a partes iguales, sea quien sea el propietario inscrito, y el cónyuge propietario de la residencia familiar no puede venderla ni hipotecarla sin el consentimiento del otro.

El régimen matrimonial: si no eligen nada, se aplica la société d’acquêts

Desde el 1 de julio de 1970, sin capitulaciones notariales, se aplica la sociedad de gananciales. Los bienes propios (adquiridos antes del matrimonio, recibidos por donación o herencia, instrumentos de trabajo, bienes personales) no se reparten; los gananciales (rentas del trabajo y de inversiones, bienes adquiridos durante el matrimonio) se reparten en valor.

Un bien que se tenía antes sigue siendo propio, pero sus rentas durante el matrimonio pasan a ser gananciales. Para elegir otro régimen hacen falta capitulaciones matrimoniales, que deben ser notariales para ser válidas.

Para entender mejor

Los aspectos importantes de su expediente

Requisitos y plazos: lo que de verdad decide su fecha

Son los plazos los que fijan la fecha más próxima posible. Cada uno debe tener 16 años o más y estar libre de todo matrimonio o unión civil. El aviso de matrimonio se publica en el sitio del Directeur de l’état civil 20 días antes de la celebración, y un aviso corregido reinicia ese plazo.

Después tienen tres meses para casarse; si no, hay que volver a publicar. A la reunión de preparación del aviso deben venir con un testigo mayor de edad que los conozca bien, o dos si no los conoce lo suficiente.

  • Tener 16 años o más y estar libres de todo vínculo de matrimonio o unión civil.
  • Publicar el aviso de matrimonio en la web del Directeur de l’état civil 20 días antes.
  • Celebrar dentro de los tres meses siguientes al vencimiento de ese plazo.
  • Ir acompañados de un testigo mayor de edad a la reunión de preparación del aviso.
  • Contar con dos testigos para la ceremonia en sí.

Qué ocurre el día de la ceremonia

El celebrante lee los artículos 392 a 396 del Código Civil de Quebec sobre los derechos y deberes de los cónyuges: mismos derechos y obligaciones, respeto, fidelidad, socorro y asistencia, vida en común, cada uno conserva su apellido, dirección conjunta de la familia y contribución a las cargas según sus medios.

Recoge el consentimiento de cada uno ante dos testigos, hace firmar la declaración de matrimonio y la envía al Directeur de l’état civil en 30 días; es lo que inscribe el matrimonio en el registro y permite obtener los certificados.

Qué pasa si no hacen nada

No firmar capitulaciones es elegir la sociedad de gananciales tal cual: equilibrada para muchas parejas, menos adecuada para un autónomo, una empresa familiar, patrimonios muy desiguales o hijos de una unión anterior.

Sin matrimonio, las parejas de hecho no tienen patrimonio familiar, ni régimen matrimonial, ni obligación de alimentos, sea cual sea la duración de la convivencia. Desde el 30 de junio de 2025, los padres de un mismo hijo están en unión parental: se reparten las residencias, sus muebles y los automóviles de la familia, el superviviente recibe un tercio de la sucesión, pero no hay obligación de alimentos entre ellos. Un convenio de unión de hecho y un testamento permiten compensarlo.

El matrimonio no tiene efecto testamentario: sin testamento, la sucesión legal hace heredar al cónyuge junto con los hijos, los padres o los hermanos.

Casarse en el extranjero, o haberse casado fuera

Un matrimonio celebrado fuera de Quebec no está inscrito en el registro quebequense. En principio se reconoce, pero hay que probarlo con el acta extranjera, a menudo traducida y legalizada, por ejemplo para una sucesión o una operación inmobiliaria.

Un divorcio dictado en otro país también debe acreditarse antes de un nuevo matrimonio aquí. Estas comprobaciones se hacen al principio del expediente y requieren tiempo adicional.

Desarrollo general

  1. Primer contacto

    Nos indica la fecha y el lugar que desea.

  2. Comprobaciones

    Se revisa la documentación de cada contrayente.

  3. Publicación

    Se publica el aviso de matrimonio en el plazo legal.

  4. Ceremonia

    Se celebra el matrimonio y se remite la declaración.

Antes de la cita

Documentos que conviene preparar

Según su situación y su país de nacimiento pueden exigirse otros documentos. Esta lista es orientativa.

Qué llevar a una primera cita
  1. Certificado de nacimiento reciente de cada contrayente.
  2. Documento de identidad válido de cada uno.
  3. Datos de contacto de los dos testigos.
  4. Sentencia de divorcio o certificado de defunción, si hubo matrimonio anterior.

Fuentes oficiales

Esta página ofrece información general y no constituye un asesoramiento jurídico. Cada situación debe evaluarse de forma individual.

Siguiente paso

¿Tiene alguna duda sobre su expediente?

Escríbanos o llame al despacho. Le indicaremos qué pasos seguir y qué documentos conviene preparar.

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