Qué ocurre si fallece sin testamento
Sin testamento decide el Código Civil (la sucesión legal), en partes fijas. Con cónyuge casado o unido civilmente e hijos: un tercio al cónyuge y dos tercios a los hijos. Sin hijos pero con padres: dos tercios al cónyuge y un tercio a los padres. Sin hijos ni padres pero con hermanos: dos tercios al cónyuge y un tercio a ellos. Sin cónyuge, todo va a los hijos.
Nada se negocia: un allegado o una entidad a la que quería ayudar no existe a ojos de la ley.

